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factura de canje

¿Es obligatorio emitir la factura de canje?¿Cuál es su implicación fiscal?

Si ha llegado a esta entrada es possible que le haya surgido la solicitud de una factura de canje.

Este tipo de solicitudes son aquellas donde su cliente ha realizado un consumo en el negocio que gestiona y se ha llevado simplemente la factura simplificada o el ticket del gasto. Como explicamos en anteriores entradas pasado un tiempo, su cliente puede reclamar una factura de canje. 

Como empresario tiene la obligación de realizarla y en este artículo, analizaremos razones y motivos que amparan a sus clientes.

Tiempo para solicitar una factura de canje

La Dirección General de Tributos dice que el plazo en el que podemos solicitar una factura de canje para nuestras facturas simplificadas o “tickets” es de 4 años, que es el mismo plazo que tenemos para solicitar la deducción del IVA soportado. Como podemos Observar en la consulta DGT V2417-14

Los titulares de la solicitud de las facturas de canje

La factura puede solicitarla tanto la persona que ha utilizado los servicios, o bien, hoy en día es habitual que la soliciten empresas externas dedicadas al servicio de recuperación de IVA, como IVACK.

Conforme a lo establecido en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, podrán ser objeto de sustitución o canje por facturas en los supuestos previstos en el apartado 2 del artículo 2.

¿Que deben aportar las empresas externas para solicitar una factura de canje?

Para poder solicitar una factura de canje es obligatorio presentar los tickets o facturas simplificadas

Así mismo, en el caso de que nos pidan las facturas empresas externas como IVACK, puede solicitar la siguiente documentación:

    • Autorizaciones de las empresas clientes que van a ser las destinatarias de la factura que usted va a emitir.
    • Declaración de procedencia de los tickets, donde se responsabilicen del destinatario final de esa factura.

Efectos contables de la emisión de la factura de canje

Las facturas de canje no tienen ningún tipo de implicación en su contabilidad. Al tratarse de ejercicios fiscales ya cerrados, simplemente está reconociendo un servicio prestado en su momento a estos clientes.

Las razones son las siguientes:

    • No es necesario que modifique su contabilidad, ya que en su momento contabilizó ese servicio/venta.
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    • No existe corrección del importe de la base o IVA por lo que no implica ningún tipo de ajuste contable.
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    • Tampoco da lugar a ningún tipo de modificación por error en la factura. La factura emitida o ticket ya es una “factura” correcta. Simplemente reemplaza un documento original por uno nuevo, más completo y que refleja exactamente la misma operación.
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Antes de elaborar este tipo de facturas te recomendamos leer este otro artículo: Aspectos fundamentales para realizar una factura de canje.

Declaración de las facturas de canje en el modelo 347

Es importante tener en cuenta que siempre que el importe facturado entre su cliente y usted supere los 3.005,06 €/cliente de total (Base + IVA), el emisor de las facturas de canje (usted como establecimiento) tendrá que incluir dicho importe de las facturas en la declaración del año en el que se emiten éstas, es decir, el de la fecha actual.

 

Tal y como viene estipulado en el RD 1065/2007, concretamente en su art. 35, las operaciones a relacionar son las realizadas en el año natural al que se refiere la declaración, las cuales se entenderán producidas el día en que se expida la factura o documento sustitutivo que sirva de justificante de las mismas. Puesto que las facturas de canje llevan fecha actual, procede incluirlas en el periodo actual.

Siempre que se dé este supuesto, recomendamos que contrasten la información que incluyan en el modelo 347 tanto el proveedor que emite las facturas como el destinatario de éstas. Así se evitan que la AEAT encuentre diferencias al cruzar los datos de ambos.

16 de junio de 2021

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